Abogado Alejandro Vargas


ABOGADO ALEJANDRO VARGAS

Bogotá, Calle 118 #19-52 oficina 206

Chía Cajicá, C. E. San Roque T 3 oficina 505

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Abogado Alejandro Vargas


Abogado Acción de tutela

 

Somos un equipo de abogados expertos en acciones de tutela, estamos ubicados en Bogotá, Chía y Cajicá.

La acción de tutela es un mecanismo judicial que permite a las personas reclamar ante los jueces la protección inmediata de sus derechos fundamentales constitucionales cuando estos son vulnerados o amenazados. 

Es una acción legal rápida y sencilla, especialmente diseñado para situaciones donde se requiere una solución urgente.

La tutela defiende los derechos fundamentales a la vida, salud, seguridad social, intimidad, nacionalidad, identidad, educación, libertad personal, libertad de expresión, debido proceso, derecho de petición, trabajo, libertad de conciencia e integridad física, psíquica y moral.  

 
La acción de tutela protege los derechos fundamentales mediante un procedimiento preferente y sumario diseñado para brindar una protección inmediata cuando estos se encuentren vulnerados o amenazados.
 
1. Accesibilidad y Protección Inmediata:

Alcance total: Cualquier persona puede reclamar la protección de sus derechos ante los jueces en todo momento y lugar.
Disponibilidad permanente: Todos los días y horas se consideran hábiles para interponer esta acción.
Informalidad: La solicitud no requiere formalidades técnicas ni la intervención de un abogado; incluso puede presentarse de forma verbal en casos de urgencia o si el solicitante es menor de edad o no sabe escribir.
Trámite prioritario: Los jueces deben dar prelación a la tutela sobre cualquier otro asunto, con la única excepción del hábeas corpus.
 
2. Medidas de Respuesta del Juez:

Restablecimiento inmediato: Si existe una prueba de violación grave e inminente, el juez puede tutelar el derecho de forma inmediata, prescindiendo de averiguaciones previas o consideraciones formales.
Medidas provisionales: Desde la presentación de la solicitud, el juez puede suspender el acto que amenaza el derecho o dictar medidas de seguridad para evitar daños mayores.
Órdenes de actuación: El fallo consiste en una orden clara para que el responsable actúe o se abstenga de hacerlo, garantizando el pleno goce del derecho o volviendo las cosas al estado anterior a la violación.

3. Ámbito de Aplicación:

Contra autoridades públicas: Procede ante cualquier acción u omisión de las autoridades que vulnere los derechos.
Contra particulares: También protege los derechos frente a privados cuando estos prestan servicios públicos (como salud, educación o servicios domiciliarios), cuando su conducta afecta gravemente el interés colectivo, o cuando el solicitante se halla en estado de subordinación o indefensión.

4. La Tutela como Mecanismo Transitorio:

Perjuicio irremediable: Aunque existan otros medios de defensa judicial, la tutela puede usarse para evitar un perjuicio irremediable, definido como aquel daño que solo podría repararse mediante una indemnización.
Efecto temporal: En estos casos, la orden del juez permanece vigente mientras la autoridad judicial competente decide el fondo del asunto en el proceso ordinario correspondiente.
 
5. Efectividad y Sanciones:
 
Plazos estrictos: El juez tiene un máximo de diez días para resolver la solicitud.
Cumplimiento obligatorio: Una vez proferido el fallo, la autoridad responsable debe cumplirlo en un plazo que no puede exceder de 48 horas.
Sanciones por desacato: Si la orden no se cumple, el juez puede sancionar a los responsables con arresto de hasta seis meses y multas de hasta 20 salarios mínimos.
Revisión constitucional: Todos los fallos de tutela son remitidos a la Corte Constitucional para su eventual revisión, lo que garantiza la unificación de la jurisprudencia y la aclaración del alcance de los derechos.
Abogado Alejandro Vargas
ABOGADO ALEJANDRO VARGAS
Director jurídico  
311 2447390

Abogado, magíster en derecho administrativo, especialista en derecho público, especialista en derecho y tecnologías de la información, especialista en derecho de las telecomunicaciones, conciliador en derecho.

Experto en derecho administrativo, civil, comercial, laboral, policivo, procesal, propiedad horizontal, propiedad intelectual y responsabilidad médica. 

Abogado, asesor y litigante 2.001 – 2.026

Ex coordinador de cartera del CCNP: Caracol Televisión S.A. & RCN Televisión S.A.  1.998 – 2.000

Ex trabajador de Caracol Televisión S.A.  1.995 – 1.998

Ex trabajador del Banco Industrial Colombiano  1.985 – 1.994 

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Servicio de asesoría jurídica online, asesoría a domicilio y en nuestras oficinas en Bogotá, Chía, Cajicá, Colombia.

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