Bogotá, Calle 118 #19-52 oficina 206
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Celular 3112447390 – 3123328692
La reparación directa es un mecanismo legal en Colombia que permite a una persona demandar al Estado (Entidades del orden nacional, departamental, distrital y municipal) para obtener indemnización por los daños y perjuicios causados por una acción, omisión, operación administrativa o ocupación temporal o permanente de inmuebles. Se basa en el principio de responsabilidad patrimonial del Estado, establecido en el artículo 90 de la Constitución Política de Colombia.
La reparación directa procede cuando el daño es causado por la acción o inacción de funcionarios o agentes del Estado en el ejercicio de sus funciones.
El Estado es responsable por los daños antijurídicos que le son imputables.
Para ejercer la acción de reparación directa, se debe cumplir con varios requisitos, como la presentación de la demanda dentro de un plazo de dos años, el agotamiento de la conciliación prejudicial y la representación legal de un abogado.
El plazo de dos años para demandar por reparación directa se cuenta desde el momento en que se produjo el daño o desde que se tuvo conocimiento del mismo.
Abogado, magíster en derecho administrativo, especialista en derecho público, especialista en derecho y tecnologías de la información, especialista en derecho de las telecomunicaciones, conciliador en derecho.
Experto en derecho civil, comercial, laboral, policivo, procesal, responsabilidad médica.
Abogado, asesor y litigante 2.001 – 2.025
Abogado bilingüe, conciliador en derecho, especialista en derecho administrativo, especialista en derecho comercial, especialista en derecho financiero.
Experto en derecho aduanero, migratorio, penal, policivo, procesal, tributario y trámites notariales.
Abogado, asesor y litigante 2.001 – 2.025
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